Entre los suscritos, a saber: BERNARD CHEMIER, con cédula de identidad personal No. N-20-2301, en mi calidad de Representante Legal de Y.B.I.S. YACHT BROKERAGE INTERNATIONAL SERVICES, INC., compañía panameña registrada en la Ficha 527880 Documento 443956 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público, que opera bajo el nombre comercial NATIVA TOURS, como un Tour Operador en la República de Panamá, quién en lo sucesivo se denominará “LA EMPRESA”, por una parte, y por la otra, todos los participantes enlistados en la parte final del Acuerdo, quien en lo sucesivo se denominarán “LOS CLIENTES”, y quienes en conjunto se denominarán “LAS PARTES”, han convenido en celebrar el presente Acuerdo de Alquiler de Velero tripulado que se denominará en adelante “EL ACUERDO”, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Declara LA EMPRESA, que es un Tour Operador que actúa como intermediario o promotor de alquileres, dedicado a actividades turísticas, a través de acuerdos de alquileres individuales o grupales, que son los denominados “Charter”.
SEGUNDA: (PREÁMBULO)
Declara LA EMPRESA y así lo aceptan LOS CLIENTES que los archipiélagos de Panamá, donde toman lugar los alquileres propuestos en el ACUERDO, consisten en zonas completamente remotas, sin facilidades ni estructuras modernas para el abastecimiento de comida, agua, combustible o soporte técnico. Los tripulantes solo pueden contar con ellos mismos y con el poco tiempo que tienen entre 2 alquileres para hacer mantenimiento o hasta reparaciones. Es por eso por lo que LOS CLIENTES aceptan con mucha tolerancia las posibles molestias relacionadas con esto. LOS CLIENTES aceptan saber sobre esta situación y lo tomarán en cuenta para su apreciación de la experiencia a bordo. El ambiente a bordo se mantiene siempre relajado y no se deben esperar lujos. Existen categorías económicas, estándares y superiores para las necesidades de cada CLIENTE.
TERCERA: (ELEMENTOS DEL CHARTER)
EL CHARTER INCLUYE:
- Alquiler del velero con su tripulación como está descrito en nuestra página web. La tripulación puede ser cambiada por otra, según las necesidades de LA EMPRESA.
- Todas las comidas tomadas a bordo, incluyendo una comida de mariscos (langostas o cangrejos gigantes) incluida cada 3 días en promedio en temporada autorizada y según la disponibilidad. LOS CLIENTES pueden comprar por su propia cuenta a los pescadores más mariscos que la tripulación preparara con gusto y sin costo adicional.
- Todas las bebidas en consumo razonable: jugos de frutas, agua potable, sodas, cerveza, ron & vinos (ver tercera clausula acerca del abuso de bebidas alcohólicas). LOS CLIENTES podrán, si así lo desean, y con un costo adicional, abastecer el velero con más bebidas u otras bebidas (pedir la lista de bebidas disponibles para pedidos con 72 horas de anticipación). Las bebidas con poco o cero azúcares, energizantes o especiales deberán solicitarse con anticipación y serán facturadas a los CLIENTES, por separado.
- Combustible, gasolina, suministro del tanque de agua.
- Lancha inflable con su motor fuera de borda (el CLIENTE no podrá usarlo sin un miembro de la tripulación) y kayaks y paddle boards en algunos veleros, según indique el acuerdo en cada caso.
- Las demás actividades como el Kite Surf o Wind Surf no están a cargo de LA EMPRESA, pero LOS CLIENTES pueden, con el permiso previo del capitán y bajo las reglas de las prácticas locales, traer el equipo a bordo. Todo deporte realizado fuera del reglamento de las leyes locales compromete exclusivamente al que lo practique y en ningún caso a LA EMPRESA o el capitán, sobre todo en caso de multas que los CLIENTES tendrían que pagar directamente, si incurrieron en infracciones a las normas o reglas señaladas.
- Equipo de snorkeling (mascaras, tubas y chapaletas, aunque es preferible llevar su propio equipo). Para este tipo de actividad, pedimos a los CLIENTES que sepan nadar sin equipo flotante. Las cañas de pescar tipo “trawling” están incluidas. La pesca con arpón está totalmente bajo la responsabilidad de los CLIENTES, quienes deben llevar su propio equipo ya que no tenemos disponible a bordo. LA EMPRESA no se hace responsable de las actividades acuáticas, snorkeling y pesca que son bajo la entera y total responsabilidad de los CLIENTES.
- Sábanas y toallas.
- Limpieza general del velero después del charter.
EL CHARTER NO INCLUYE:
- Gastos personales y propinas
- Una selección de comidas o bebidas fuera de las que están incluidas a bordo
- Gastos fuera del velero, es decir, por ejemplo, las comidas o consumos fuera del velero, lasexcursiones, los guías, los impuestos locales, los transportes acuáticos (lanchas), etc.…Esta claramente expresado que el transporte del punto de llegada hasta el velero (en botes tipo lancha) al igual que los impuestos locales no están incluidos y deberán ser pagados directamente en el lugar por los CLIENTES mismos. El capitán no podrá pagar por esos gastos. Nota: en caso de falta de pago de esos montos por parte del CLIENTE, LA EMPRESA exigirá luego a estos los montos con un 50% de incremento por gastos de recobro.
CUARTA: (PROHIBICIONES PARA LOS CLIENTES)
Queda completamente prohibido para LOS CLIENTES:
- Fumar dentro de los veleros
- Llevar mascotas (salvo excepción previa confirmada por la tripulación y la oficina)
- Tomar bebidas alcohólicas en exceso, al punto de generar un comportamiento peligroso, agresivo o desagradable hacia otras personas: el capitán será el único juez a bordo para tomar todas las decisiones necesarias para restablecer el orden y la calma incluyendo, si fuese necesario, la interrupción del alquiler de manera temporal o definitiva. Tal comportamiento de los CLIENTES (aunque sea una sola persona del grupo) llevaría a la finalización inmediata del acuerdo sin ningún tipo de indemnización de reembolso del alquiler del velero o de otras prestaciones de servicios relacionados. -El uso y transporte de narcóticos u otros productos prohibidos por la ley panameña no podrán involucrar ni la EMPRESA, ni el propietario ni la tripulación del velero: solo será responsable frente a las autoridades el miembro del grupo de los CLIENTES que habrá hecho uso o transportado esos productos. El capitán será el único juez a bordo para tomar todas las decisiones necesarias luego de esos abusos: la interrupción del alquiler de manera temporal o definitiva o incluso la intervención de las autoridades locales. Tal comportamiento de los CLIENTES (aunque sea una sola persona del grupo) llevaría a la finalización inmediata del acuerdo sin ningún tipo de indemnización de reembolso del alquiler del velero o de otras prestaciones de servicios relacionados. Si el velero fuese inmovilizado por las autoridades por problemas de narcóticos o drogas ilícitas de un CLIENTE, el mismo será responsable hacia la EMPRESA de cada día de inmovilización a la tarifa diaria correspondiente al tarifario general del alquiler del velero, sin importar la duración de dicha inmovilización.
QUINTA: (CASO DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO)
LA EMPRESA no se hará responsable de su incapacidad de cumplir sus obligaciones si la misma es debida a factores fuera de su control tales como: guerra, motines, fuego, explosión, malas condiciones climáticas o meteorológicas, desastres naturales o cualquier evento o situación fuera del control directo de la EMPRESA o del capitán.
Si el capitán considera que es imposible realizar el chárter de manera parcial o total por razones de seguridad, será el único juez, es decir quién tendrá el poder de decidir a bordo. Si la situación se lo permite, tomara una opinión consultada con los CLIENTES. LA EMPRESA hará su máximo para reprogramar el alquiler según la disponibilidad de su flotilla. Podrá eventualmente ofrecer otro velero igual o de menor valor. Si le es imposible a LA EMPRESA de reprogramar el alquiler, LOS CLIENTES podrán usar su seguro para un posible reembolso pero no podrán exigirlo a LA EMPRESA debido al hecho que la misma no es responsable del inconveniente. Si el transportista (aéreo, terrestre o marítimo) tiene atraso o cancela su servicio, LA EMPRESA no podrá ser responsable. LA EMPRESA hará todo su posible para reprogramar el alquiler, pero no podrá ser responsable si no lo logra.
Esta cláusula no se aplicará si los CLIENTES no pueden llegar al lugar previsto para el desarrollo del alquiler vendido por LA EMPRESA por razón de pandemia persistente Covid-19 y únicamente por esta razón. La cláusula 5 se mantiene en vigor para cualquier otro motivo.
SEXTA: Queda entendido que corresponde a los CLIENTES demostrar que las razones para incumplir su obligación son producto de las medidas tomadas a nivel mundial o nacional, como consecuencia de la pandemia Covid-19.
SEPTIMA: (NOCION DE”NO SHOW”)
Si uno o varios CLIENTES no se presenta (n) el mismo día del charter, no habrá ningún tipo de reembolso posible: noción internacional de “no show” (no presentarse). Para cancelaciones anteriores al primer día de charter, ver la tabla en la página 5 de este acuerdo.
OCTAVA: (DAÑOS MATERIALES A BORDO) Los daños materiales ocasionados por los CLIENTES, si el capitán los evalúa considerables, a bordo de los veleros, deben ser pagados, dentro de lo posible, a bordo del velero o sino a la llegada de los CLIENTES a Ciudad de Panamá.
NOVENA: (RECLAMOS) En caso de reclamo, LA EMPRESA arbitrara el litigio eventual entre los CLIENTES y el propietario del velero. Si no se llega a un acuerdo, LOS CLIENTES podrá dirigirse directamente al propietario del barco.
DECIMA: (RESOLUCION DE CONFLICTOS)
Cualquier diferencia o conflicto que surgiere entre LAS PARTES respecto a la interpretación, aplicación o cumplimiento de este acuerdo, será dirimida por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Panamá.
DECIMA PRIMERA: (TRANSPORTE DESDE/Y HACIA EL VELERO) LA EMPRESA informa al CLIENTE que su base naval en San Blas es en Corazón De Jesús, lugar que se puede acceder por avión desde la Ciudad de Panamá en 40 minutos de vuelo (privado o regular). Esta zona de navegación desde Corazón De Jesús es la más recomendada por la EMPRESA, quien conoce los mejores itinerarios para sus CLIENTES. Si LOS CLIENTES desean ir por carretera hasta Cartí, donde termina la carretera Panama City – El Llano– Carti, LA EMPRESA informa a LOS CLIENTES que solo los Gunas tienen el derecho de efectuar los servicios de transporte marítimo desde Cartí hasta el velero y, por lo tanto, LA EMPRESA no tiene ningún control sobre el desarrollo del traslado y no es responsable de cualquier atraso u otro inconveniente.
DECIMA SEGUNDA: (RESERVAS) El velero será reservado para LOS CLIENTES cuando los mismos hayan hecho su primer abono (o pago total si el inicio del charter está a menos de 30 días) y que el acuerdo de alquiler haya sido completado, firmado y reenviado por fax, correo electrónico o correo regular.
DECIMA TERCERA: (POLITICA DE CANCELACION) Si se cancela el charter de manera total o parcial (en este último caso, cálculo proporcional por día), aunque sea por una causa de fuerza mayor o caso fortuito, se le reembolsará al CLIENTE, sobre la base del precio facturado del charter (las otras prestaciones son reembolsables al 100% menos los gastos relativos a cada proveedor):
Monto de reembolso de acuerdo a su fecha de cancelación (se toma en cuenta el primer día del charter).
- Más de 6 meses 100% (- $150.00 de gastos)
- Entre 90 a 179 días 40%
- Entre 89 a 60 días 30%
- Entre 59 a 30 días 20%
- Entre 29 a 15 días 10%
- Menos de 15 días 5%
Una disminución en la cantidad de participantes a bordo será aceptada por LA EMPRESA solamente con un preaviso mínimo de 72 horas antes de la primera hora del primer día del charter: el total debido por EL CLIENTE será entonces recalculado.
Excepción: Si LOS CLIENTES no pueden llegar al lugar previsto para el desarrollo del alquiler vendido por LA EMPRESA, por razones de pandemia persistente Covid-19 y únicamente por esta razón, LOS CLIENTES tendrán estas tres opciones:
- Cambiar las fechas del alquiler sin ningún tipo de penalidad.
- Obtener un voucher de la totalidad de los montos pagados, transmisible a cualquier persona que desee y esto, sin ningún tipo de penalidad.
- Ser reembolsado de la integralidad de los montos pagados menos ciento cincuenta dólares ($150.00) de gastos administrativos de manejo y financieros.
DECIMA CUARTA: (RELEVO DE RESPONSABILIDAD)
LA EMPRESA no se hace responsable de los retrasos, cancelaciones u otros inconvenientes por parte de los proveedores de servicios, incluso si LA EMPRESA incluye estos servicios en su factura. Para cualquier reclamo, LOS CLIENTES deberán dirigirse directamente a la empresa proveedora del servicio correspondiente para pedir reembolso y / o compensación. De igual forma, aunque LA EMPRESA no tendrá obligación alguna con respecto al buen desarrollo a bordo del velero, tratará de que el mismo sea lo más satisfactorio posible.
DECIMA QUINTA: (NULIDAD)
Queda convenido entre LAS PARTES que, si alguna de las estipulaciones del presente Acuerdo resulte nula según las leyes de la República de Panamá, tal nulidad no invalidará el Acuerdo en su totalidad, sino que éstos se interpretarán como si no incluyera la estipulación o estipulaciones nulas, y los derechos y obligaciones de LAS PARTES serán interpretados y observados en la forma en que en derecho proceda.
DECIMA SEXTA: (ACEPTACIÓN)
Declaran LA EMPRESA y LOS CLIENTES que al hacerse efectivo el pago de la reserva (total o parcial) que se aceptan todos los términos y condiciones expresados en el presente Acuerdo de Alquiler de Velero.